Visa De Negocios Para Fines Laborales NM1

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Toda nuestra belleza natural, nuestra historia, las opciones de inversión y de negocios que ofrecemos, así como la calidez de nuestra gente, invitan a todos a visitarnos y disfrutar de una isla encantada llena de oportunidades.
Los visados de negocios con fines de trabajo se expiden a aquellas personas que, dada la naturaleza de su ocupación, deben permanecer en el país durante uno o más años, sin tener la necesidad de salir del país. Generalmente, este tipo de visa se otorga a las personas que están bajo contrato, por un período de tiempo específico, con entidades privadas o públicas establecidas dentro del territorio nacional. Los visados de negocios para fines de trabajo pueden renovarse por el mismo período de tiempo durante la duración del contrato, dependiendo de cada caso.
Las personas a las que se les concede esta visa pueden obtener una licencia de conducir, pueden abrir una cuenta bancaria y pueden tener los servicios aduaneros correspondientes.

REQUISITOS SEGUN TIPO DE VISA:
  1. Formulario de solicitud de visado completado. Utilice la máquina de escribir o las letras de bloque legibles.
  2. Carta de solicitud de visado (sin cartas de escritura): dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores y firmada por el solicitante o su representante, y que incluye el nombre, la nacionalidad, el lugar de residencia y la actividad del solicitante emprender mientras se encuentra en el país.
  3. Una (1) imagen 2×2, vista frontal y fondo blanco. En todas las imágenes: Ambas orejas deben ser visibles y el flequillo debe ser retirado de la frente y la cara. Por favor, no sonría ni use anteojos ni joyas (pendientes, tachuelas, collares, piercings, etc.). También debe usar camisas / camisetas / vestidos con mangas y cuellos.
  4. Pasaporte original válido por un mínimo de 18 meses.
  5. Certificado de nacimiento con una emisión de Apostilla por el Secretario del Departamento de Estado.
  6. Decisión del Ministerio de Trabajo de la República Dominicana. Este documento es emitido por el Departamento de Trabajo de dicho Ministerio, legitimando el contrato de trabajo del solicitante en la República Dominicana, y que especifica el papel o puesto del empleado dentro de la empresa, la duración del contrato y el salario.
  7. Carta médica. (Indicando una evaluación de la salud general del solicitante e indicando si el solicitante padece alguna enfermedad infecciosa o contagiosa. Si el interesado reside en la República Dominicana, dicho documento será emitido por un laboratorio médico, clínica u hospital registrado en el Ministerio de Salud Pública.
  8. Registros del FBI con un asunto de Apostilla por el Secretario del Departamento de Estado. Si la parte ha residido en la República Dominicana por más de 5 años, el documento debe ser emitido por la Procuraduría General de la República. ESTE REGISTRO DEL FBI SÓLO ES VÁLIDO DURANTE LOS PRIMEROS 10 MESES A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE EMITIÓ EL DOCUMENTO. No es necesario para menores de edad.
  1. Copia legible de un Documento Nacional de Identificación (Tarjeta de Identificación / LICENCIA DE CONDUCTOR) del país de nacionalidad y una copia legible de la Tarjeta de Residencia si la persona reside en otro país.
  1. Copias legibles de Visas Dominicanas anteriores o Tarjeta de Residencia (si renueva o si la persona ha viajado previamente a la República Dominicana).
  1. Documentos de apoyo, evidencia que establezca sus calificaciones laborales, incluyendo su currículum o CV (curriculum vitae), copiar diplomas universitarios, cartas actuales y empleadores anteriores detallando su puesto y proyectos que trabajó y nombres y teléfonos número de personal existente que gestiona su ocupación laboral real. (Estos documentos no deben ser apostillados o legalizados).
  2. Carta de garantía, mediante la cual la empresa debidamente registrada en República Dominicana, responsable moral y financieramente, así como  como el regreso a su país de origen una vez completado por cualquiera de las partes la relación laboral, participando en caso de que la visa esté en vigor, para cancelación o retirada sin perjuicio del beneficiario del Ministerio de Extranjeros, también asumen la paga por el Estado dominicano cualquier gasto en el que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o como resultado de la repatriación o deportación de la misma. Nota: Este documento debe ser presentado firmado por el oficial superior jerarquía o representante de la empresa, notariado y legalizado en el Procurador General de la República. (No debe ser apostilla).
  3. Copiar cedula (garante de identificación dominicano)
  4. Solvencia financiera del avalista: cuentas de ahorro o cheques de extractos bancarios que muestren saldo y/o título de vehículo de motor
  5. Por favor envíe todos los documentos a: 500 N. Brand Blvd. Suite No. 960. Glendale, CA 91203
  6. Incluya un sobre redirigido y prepagado para devolver el pasaporte y los documentos, le recomendamos que utilice los servicios de un mensajero nocturno (UPS, DHL, etc.). Tenga en cuenta que, si utiliza cualquiera de estos servicios de mensajería, no somos responsables de los pagos de envío.

Nuestro plazo de entrega normal es de 4-6 semanas aproximadamente, por favor no reserve su viaje hasta que su visa sea aprobada.

Todos los costos no son reembolsables. El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana se reserva el derecho de aprobar todas las solicitudes de visa.

  • Nota: El FBI ofrece dos métodos para solicitar su registro de identificación del FBI o la prueba de que no existe un registro:
  1. El sujeto de un registro de identificación podrá obtener una copia de dicho registro presentando una solicitud por escrito a la División CJIS. La solicitud debe ir acompañada de una prueba satisfactoria de identidad (que consta de nombre, fecha y lugar de nacimiento, y un conjunto de impresiones de huellas dactilares enrolladas) y un cheque certificado o giro postal para la tasa de procesamiento actual. El FBI no proporcionará copias de los registros de arrestos a personas que no sean el tema del registro. Las solicitudes deben dirigirse a la División CJIS del FBI, Attn: SCU, Mod. D-2, 1000 Custer Hollow Rd., Clarksburg, Virginia Occidental 26306. Si no hay antecedentes penales, se proporciona un informe que refleje este hecho. Consulte www.FBI.gov para conocer las tarifas de procesamiento actuales y más información, consulte también Solicitud de registro de identificación y Guía para obtener su registro de identificación del FBI; Enviar una solicitud de registro de identificación al FBI.
  2. El sujeto de un registro de identificación también puede presentar una solicitud a través de un canalizador aprobado por el FBI, que es una empresa privada que ha contratado con el FBI para recibir envíos de huellas dactilares y datos relevantes, recoger la(s) tarifa(s) asociada(s), electrónicamente reenviar las presentaciones de huellas dactilares con la información necesaria a la División CJIS del FBI, y recibir los resultados de la verificación de registros electrónicos para su difusión a la persona. Consulte www.FBI.gov para ver la lista de canalizadores aprobados por el FBI.
    Una persona que requiera una apostilla o una copia autenticada de su Registro de Identificación del FBI, o cualquier residente no nacional o permanente que desee solicitar su Registro de Identificación del FBI debe enviar una solicitud directamente a la División CJIS del FBI. La Oficina del Departamento de Autenticaciones del Estado de los Estados Unidos puede entonces colocar un documento de apostilla para su uso en un país que sea parte en la Convención de Apostilla de La Haya. Para los países que no son parte en la Convención de Apostilla de La Haya, la Oficina de Autenticación del Departamento de Estado de los Estados Unidos colocará una certificación sobre el sello del FBI.
  • Costo: Cheque certificado o giro postal (“money order”) por un monto de $545.00 dólares a nombre del Consulado Dominicano en CA

«Una vez formalizada la solicitud del servicio no se aceptan cancelaciones del mismo, ni devolución de las tasas.»