Poderes Notariales

Los Actos Notariales de REPRESENTACION son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que le represente ante cualquier acto civil que el PODERDNATE requiera efectuar ante las instituciones de la República Dominicana o de otro país.

REQUISITOS

  1. Documentos de Identidad del PODERDANTE (Cédula al día, Pasaporte, Licencia de Conducir).
  2. Documentos de Identidad del APODERADO (Cédula al día, Pasaporte, Licencia de Conducir).
  3. Borrador del poder de representación (con la información tan específica como sea posible del objeto de la representación, es decir todas aquellas acciones que el PODERDANTE requiere que el APODERADO realice en nombre del PODERDANTE). NOTARIZADO POR UN NOTARIO CERCA DE LA RESIDENCIA DEL PODERDANTE EN CASO DE NO PRESENTARSE EL PODERDANTE A NUESTRA SEDE
  4. Documento que demuestre que el PODERDANTE tiene capacidad legal para pedir al APODERADO que realice algo en su nombre con relación a algún bien, ya sea mueble o inmueble (título de propiedad, cuenta bancaria, certificado financiero, etc.)

Requisitos Poderes Especiales de Representación

  1. Poder original (en idioma español) suscrito por el beneficiario ante Notario Público del lugar donde se suscribe el poder, y legalizado ante la Procuraduría General de la República.
  2. Incluir las generales de los firmantes.(*)
  3. Especificar el beneficio que solicita:
    1. Ingreso Tardío por alguna de las modalidades siguientes: Pensión por Renta Vitalicia, Retiro Programado o Devolución de Fondos.
    2. Sobrevivencia.
    3. Discapacidad.
    4. Enfermedad Terminal.
    5. Vejez.
  4. Incluir lugar y fecha de suscripción del Poder de Representación. La fecha y lugar deben coincidir con la legalización del Notario Público.
  5. Suscribir en presencia de dos (2) testigos, incluyendo sus generales. Los testigos no podrán ser familiares del poderdante, apoderado, ni del Notario Público. (*)
  6. Las firmas del poderdante, apoderado y testigos, deben ser igual a la que figura en el documento de identidad de cada persona, y suscribirse en tinta azul.
  7. En caso de que el poderdante no pueda firmar por su condición de salud deberá plasmar sus huellas. Dicha condición debe hacerse constar en el poder y anexar certificado médico en original.
  8. El Poder no debe tener errores, tachaduras, modificaciones, omisiones o notas al margen.
  9. Todo poder suscrito fuera de la Republica Dominicana, debe estar apostillado conforme la Convención de La Haya o legalizado en Consulado Dominicano y certificado en el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería). (Verificar procedimiento del país donde se suscribe el Poder).
  10. En caso de que el poder esté redactado en idioma distinto al español, deberá ser traducido por un Intérprete Judicial y debidamente legalizado ante la Procuraduría General de la República.
  11. Copias legibles de ambos lados de las cédulas de identidad o pasaporte vigente del poderdante y el apoderado.

Indicar expresamente:

  1. Que los poderdantes otorgan poder para que actuando en su nombre y representación como si fueran ellos mismos, el apoderado efectúe todas las gestiones necesarias a los fines de que proceda a suscribir ante AFP Siembra, la formal Solicitud de Beneficios según corresponda. En caso de solicitudes por Sobrevivencia, indicar que también podrá realizar las gestiones ante la compañía aseguradora contratada por la AFP.
  2. Que el poderdante está autorizado a presentar toda la documentación necesaria a tales fines, retirar comunicaciones y firmar todo acto o documentación que fuera menester en virtud de las gestiones necesarias para ejecutar el mandato otorgado, así como otorgar recibo de descargo por las gestiones, informaciones y comunicaciones recibidas.
  3. Para las solicitudes de sobrevivencia deberan indicar el nombre y datos generales del (de la) afiliado(a) fallecido(a). (*)

NOTAS

  • Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  • Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular. 
  • Incluya un sobre prepagada (previo estampado) y redirigido (con su dirección) para regresar los documentos. Se recomienda que utilicen los servicios de  UPS o DHL. 
  • Favor de enviar los documentos indicados anteriormente, en conjunto con un cheque certificado o giro postal (“money order”) pagable al Consulado Dominicano en California, a nuestra dirección: 500 N. Brand Blvd. suite 960 Glendale, CA 91203.
  • Costo: Cheque certificado o giro postal (“money order”) por un monto de $100.00 dólares a nombre del Consulado Dominicano en CA

«Una vez formalizada la solicitud del servicio no se aceptan cancelaciones del mismo, ni devolución de las tasas.»

Favor De Llenar Su Ficha Tecnica De Datos.