Visa de Residencia – Pension/Jubilacion

La Visa de Residencia (RS), tiene una vigencia para su uso de 60 días y es válida para una sola entrada. Una vez en territorio dominicano, el beneficiario de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige, siendo este visado el primer requisito. (Sección VI, Articulo 48, Acápite (a) Decreto No. 631-11, Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04).

REQUISITOS POR EL SOLICITANTE EN EL EXTRANJERO

 

  1. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible.
  2. Carta de solicitud de Visa con la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así́ como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como cónyuge o hijo (a) de extranjero residente legal en RD o de dominicano (a), esta carta no se legaliza, ni se apostilla.
  3. Una (1) fotografía tamaño 2 x 2 pulgadas, de frente y con fondo blanco. (Tipo Pasaporte)
  4. Pasaporte original debe tener una vigencia mínima de dieciocho  (18)  meses.
  5. Acta de Nacimiento del interesado Apostillada, por la Secretaría de Estado.
  6. Carta Médica de que el peticionario no posee enfermedades infectocontagiosas y firmado    por el médico o hospital.
  7. Fotocopia legible del documento nacional de identificación (licencia de conducir) y copia de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. 
  8. Certificado de No Antecedentes Penales emitido por el FBI (No requerido para menores de edad) este certificado es válido por 6 meses desde la fecha de emisión) y certificados de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, por la Secretaria de Estado, según corresponda.
  9. Certificación del Gobierno, organismo oficial o empresa privada de origen extranjero, donde prestó sus servicios,  apostillado o legalizado Dicha certificación deberá contener los datos generales del solicitante, tiempo que permaneció en la empresa, cargo desempeñado y el monto percibido como pensión.
  • Costo: Cheque certificado o giro postal (“money order”) por un monto de $785.00 dólares a nombre del Consulado Dominicano en CA

Estos documentos serán presentados en original. Los ingresos percibidos por 

salarios no aplican.

  • DOS ESTADOS BANCARIOS DE LOS ÚLTIMOS MESES, QUE REFLEJE EL MONTO DE LA PENSIÓN DEPOSITADO EN LA CUENTA MENSUALMENTE.ESTE DOCUMENTO DEBE SER APOSTILLADO.

NOTA: A los fines de acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley 171-07, los Pensionados o Jubilados y los Rentistas Extranjeros deberán recibir un ingreso mensual de acuerdo a la escala siguiente: El monto mínimo de ingreso para el Pensionado es de US $1,500.00 dólares o su equivalente en pesos.

  1. Incluya un sobre pre pagado (debidamente estampado) y pre-dirigido (con su dirección) para enviarle sus documentos al Consulado Dominicano en California. 500 North Brand Blvd. Suite # 960. Glendale, CA. 91203.  (recomendamos que el sobre contenga número de rastreo) puede utilizar los servicios de UPS, DHL, USPS. (No somos responsables de pagos por envíos).


OBSERVACIONES DE INTERES:

No compre pasaje de viaje hasta que se le informe si su visa ha sido aprobada.

Haber completado todos los requisitos exigidos más arriba, no significa aprobación del visado, sino que indica que el consulado puede aceptar su petición, evaluarla y enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien emitirá la decisión final.

Una vez en territorio dominicano, tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) para formalizar los trámites de su residencia, visados o permiso temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige según el Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285.

El costo de este servicio no es reembolsable.

Los documentos solo podrán ser traducidos por el Consulado Dominicano.

«Una vez formalizada la solicitud del servicio no se aceptan cancelaciones del mismo, ni devolución de las tasas.»